Foucault, usos en educación

viernes, 12 de marzo de 2010

Ciudadanía y ética clase social.

ROSMARY QUINTERO*

El concepto de ciudadanía es hoy en día la piedra angular de los debates que acontecen en el mundo de la Filosofía Política. En ese debate siempre hay nombres a los que se vuelve una y otra vez porque han hecho aportaciones sin las cuales el debate no podría tener lugar hoy. Uno de ellos es el del británico Thomas H. Marshall.

Marshall (1893-1982) fue profesor de sociología en la London School of Economics y también contribuyó de manera decisiva a la configuración de la sociología en Cambridge. Entre 1956 y 1960 dirigió el departamento de Ciencias Sociales de la UNESCO y entre 1959 y 1962 fue presidente de la Asociación Internacional de Sociología.

Thomas H. Marshall

Unos años antes, en 1949, había pronunciado en Cambridge una conferencia que ha venido a ser un punto de referencia fundamental en la teoría de la ciudadanía, bien para apoyarse en ella, bien para denostarla..

En esta célebre conferencia Marshall definía la ciudadanía como “aquel status que se concede a los miembros de pleno derecho de una comunidad”. Por tanto, continuaba, “sus beneficiarios son iguales en cuanto a los derechos y obligaciones que implica”. Según Marshall el proceso de adquisición de estos derechos ha sido progresivo y, al menos en Inglaterra, afirmaba que podían diferenciarse tres etapas.

La primera se desarrolla en el siglo XVIII y corresponde al proceso de adquisición de los derechos civiles. Estos son “los derechos necesarios para la libertad individual: libertad de la persona, de expresión, de pensamiento y religión, derecho a la propiedad y a establecer contratos válidos y derecho a la justicia”.

La segunda etapa abarca el siglo XIX y corresponde al desarrollo de los derechos políticos. “Por elemento político –dirá- entiendo el derecho a participar en el ejercicio del poder político como miembro de un cuerpo investido de autoridad política o como elector de sus miembros”.

La tercer y última etapa, la que más interesa a Marshall, se despliega en el siglo XX y corresponde a los derechos sociales. “El elemento social abarca todo el espectro, desde el derecho a la seguridad y a un mínimo de bienestar económico al de compartir plenamente la herencia social y vivir las vida de un ser civilizado conforme a los estándares predominantes en la sociedad”. Según Marshall “las instituciones directamente relacionadas son, en este caso, el sistema educativo y los servicios sociales”.

Los derechos sociales encarnados en el Estado capitalista de Bienestar venían así a permitir lo que aparentemente era la cuadratura del círculo: hacer avanzar la noción de igualdad en el plano social aun cuando no fuera posible conseguir la igualdad económica. Gracias al concepto de ciudadanía social “la lógica del mercado, que determina la desigualdad de rentas, es contrapesada por el reconocimiento jurídico de un igual status”. De esa forma “las desigualdades económicas, forzosamente más reducidas, podrían incluso ser estimulantes como incentivos del esfuerzo, compatibles con la ciudadanía real”.

William Henry Beveridge

Uno de los desarrollos actuales del concepto de ciudadanía social es el de ciudadanía sanitaria. Se trataría de articular cuáles son los derechos que empoderan al ciudadano en relación con la salud y la atención sanitaria. No es descabellado pensar que Marshall hubiera pensado también en ello cuando escribió su ensayo, pues tan solo 7 años antes Lord Beveridge había presentado el famoso informe que daría lugar al primer sistema público de salud del mundo.

*Estudiante de la Especialidad en Docencia Universitaria (UNERG, Venezuela)

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